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ANEXO I: POLÍTICAS Y OBJETIVOS DE GESTIÓN

DE RIESGOS

A continuación, conforme a lo anticipado en el Título

2 de este documento, en este Anexo se incluye infor-

mación detallada sobre los objetivos de gestión y las

políticas relacionadas con cada uno de los riesgos que

afectan de manera significativa:

1. Riesgo de crédito

Objetivos, Políticas generales en

materia de asunción y gestión de

riesgo de crédito

El Consejo de Administración integró en 2016 las políti-

cas generales en materia de asunción y gestión de riesgo

de crédito en un documento, lo que supone el desarrollo

del Marco de Tolerancia al Riesgo vigente en la entidad.

Este documento es la base sobre la que se asienta el

esquema de gestión de riesgos interno y determina la

estructura de gobierno y seguimiento. También deter-

mina la estructura interna de los límites, los procesos

de admisión, evaluación, mitigación y cobertura de los

riesgos, y la fijación de precios.

La política pone el énfasis en que la cartera esté compues-

ta, principalmente, por exposiciones con un nivel de riesgo

bajo y en la que otros riesgos con un peor perfil crediticio

sean singulares, excepcionales y poco materiales.

Procesos y Gestión del Riesgo

de Crédito

Se trata de uno de los riesgos básicos a los que se expone

el Grupo a través de sus distintas unidades de negocio.

El Riesgo de Crédito se define como aquel que afecta o

puede afectar a los resultados o al capital, como resul-

tado del incumplimiento, por parte de un acreditado, de

los compromisos recogidos en cualquier contrato, o que

éste no pudiera actuar según lo convenido. Dentro de

esta categoría se incluyen:

1. Riesgo de principal

. Es el derivado de la falta de res-

titución del principal entregado.

2. Riesgo de sustitución o contraparte.

Se refiere a la

capacidad e intención de la contraparte de cumplir

con sus responsabilidades contractuales en el mo-

mento de su vencimiento. El riesgo de crédito existe

a lo largo de la vida de la operación, pero puede

variar de un día a otro debido a los mecanismos de

liquidación y a cambios en la valoración a mercado

de las operaciones.

3. Riesgo emisor

. Este riesgo surge al negociar los ac-

tivos financieros de un emisor en los mercados pri-

mario y/o secundario, y se define como el riesgo de

que se pueda producir una pérdida de valor en los

mismos como consecuencia de un cambio en la per-

cepción del mercado de la fortaleza económico-fi-

nanciera del emisor.

4. Riesgo de liquidación o entrega.

Es el riesgo de que

se liquide una de las partes de la transacción y no se

reciba la contraprestación pactada.

5. Riesgo país.

Es el riesgo de crédito que concurre en

las deudas de acreditados de otro país por circun-

stancias ajenas al riesgo comercial habitual. Puede

manifestarse como riesgo de transferencia o riesgo

soberano y otros riesgos derivados de la actividad

financiera internacional.

6. Riesgo de concentración.

Mide el grado de concen-

tración de las carteras de riesgo de crédito bajo dif-

erentes dimensiones relevantes: áreas geográficas

y países, sectores económicos, productos y grupos

de clientes.

7. Riesgo residual.

Incorpora riesgos derivados de es-

trategias de cobertura dinámica, de técnicas miti-

gadoras del riesgo de crédito, titulizaciones, etc.

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Cecabank

Información con Relevancia Prudencial 2016

ANEXOS

I. Políticas y Objetivos de Gestión de Riesgos | Riesgo de crédito | Riesgos asociados a la cartera de negociación | Riesgo operacional | Riesgo de cumplimiento normativo | Riesgo en instrumentos de capital no incluidos en la cartera de negociación | Riesgo de tipo de interés de balance | Riesgo de liquidez | Otros Riesgos | II. Definiciones de Morosidad y de “Posiciones Deterioradas” y criterios aplicados para determinar el Importe de las Pérdidas por Deterioro | III. Composición de las Comisiones de Cecabank | IV. Importe total de la exposición al riesgo | V. Información sobre fondos propios (phase-in y fully loaded) | VI. Conciliación de los elementos de los fondos propios con los estados financieros auditados | VII. Conciliación de la medida de la exposición total correspondiente a la ratio de apalancamiento y los estados financieros