Cecabank reconoce las siguientes técnicas de mitiga-
ción del riesgo de crédito:
1.- Acuerdos de compensación contractual
Se utilizan los acuerdos de compensación contractual
(ISDA y CMOF) como técnica reductora del riesgo de cré-
dito. Además, a efectos de mitigar el riesgo de crédito, se
firman los Anexos CSA a los contratos ISDA y el Anexo III
al CMOF para la colateralización del riesgo neto vivo en
este tipo de operativa.
También se utiliza como técnica reductora del riesgo de
crédito los acuerdos marco de compensación relativos
a operaciones con compromiso de recompra (Contratos
GMRA) y operaciones de préstamo de valores (Contratos
EMA y GMSLA).
Estos acuerdos se explicitan con mayor detalle en Anexo
I: Políticas y Objetivos de Gestión de Riesgos Apartado
1: Riesgo de Crédito.
2.- Garantías reales
Se consideran garantías reales aquellos bienes que que-
dan afectos al cumplimiento de la obligación garanti-
zada.
En Cecabank los activos objeto de garantía son funda-
mentalmente efectivo en euros, y títulos de deuda pú-
blica española. En el caso de los colaterales que son
activos financieros, se tiene en cuenta la potencial vola-
tilidad del valor de los títulos, en línea con lo previsto en
la normativa de solvencia vigente.
Tipos de Exposición (miles de euros)
Valor de la exposición Original
A) Exposiciones a las que no se aplica técnica de reducción del riesgo de crédito
6.606.710
B) Exposiciones a las que se aplica alguna técnica de reducción del riesgo de crédito
533.511
- Acuerdos marcos de compensación relativos a operaciones con compromiso de recompra, operaciones
de préstamo de valores o de materias primas u otras operaciones vinculadas al mercado de capitales
189.323
- Garantías reales
144.815
- Coberturas basadas en garantías personales
199.373
Un caso muy importante de garantía real financiera es
el colateral (normalmente de efectivo) unido a operacio-
nes de derivados OTC, repos o simultáneas y préstamos
de valores sujetas a acuerdos de compensación contrac-
tual y garantías financieras, mencionados en apartado
anterior.
3.- Garantías personales y derivados de crédito
Este tipo de garantías se corresponde con la obligación
por parte de un tercero de abonar un importe en caso de
impago de un prestatario o de que se produzcan otros
eventos identificados. Un ejemplo de este tipo de garan-
tías son las fianzas y los avales.
Solo se reconocen, a efectos de considerar su capacidad
de mitigación del riesgo de crédito, aquellas garantías
aportadas por terceros que cumplan con los requisitos
establecidos en la normativa de solvencia vigente.
La compra de protección a través de derivados de cré-
dito se emplea ocasionalmente, generalmente Credit
Default Swaps (CDS), que se contratan con entidades
financieras de primer nivel.
El siguiente detalle muestra la distribución de la expo-
sición al riesgo de crédito al 31 de diciembre de 2016,
desglosado en función de la aplicación o no de técnicas
de reducción del riesgo de crédito, y en su caso, de la
técnica de reducción aplicada (los datos de exposiciones
se refieren a exposiciones previas a la aplicación de la
reducción de riesgo aplicada):
A cierre de 2016 no había en libros ningún derivado de
crédito ni comprado ni vendido.
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Cecabank
Información con Relevancia Prudencial 2016
4.1. Exposición al riesgo de crédito a 31 de Diciembre de 2016 | 4.2. Distribución geográfica y por contraparte de las exposiciones | 4.3. Vencimiento residual de las exposiciones | 4.4. Información sobre el riesgo de crédito de contraparte | 4.5. Riesgo de concentración | 4.6. Información sobre las posiciones deterioradas | 4.7. Variaciones producidas en el ejercicio 2016 en las pérdidas por deterioro y provisiones para riesgos y compromisos contingentes por riesgo de crédito | 4 .8. Identificación de las agencias de calificación crediticia utilizadas | 4 .9. Operaciones de titulización | 4 .10. Técnicas de reducción del riesgo de crédito | 4 .11. Activos con cargas04 INFORMACIÓN SOBRE LOS RIESGOS DE CRÉDITO Y DILUCIÓN