2.1.2 Políticas de selección de
Consejeros y Diversidad del
Consejo de Administración
La entidad cuenta con políticas de selección de Conseje-
ros y de objetivo de representación para el sexo menos
representado en el Consejo de Administración siguiendo
lo previsto en la Ley 10/2014, de 26 de junio, de Orde-
nación, Supervisión y solvencia de entidades de crédito.
2.1.2.1 Política de selección de Consejeros
De acuerdo con la normativa de ordenación, super-
visión y solvencia y, en concreto, las normas sobre
idoneidad de los miembros del Consejo de Adminis-
tración, Cecabank debe contar con una Política de se-
lección de Consejeros.
El Comité de Nombramientos de 23 de mayo de 2016
acordó la elevación al Consejo de Administración de la
propuesta de aprobación de la Política de Selección de
Consejeros, que fue aprobada por este el 24 de mayo
de 2016, (la Política se puede encontrar en el apartado
de Gobierno Corporativo y Política de Remuneraciones
de la web corporativa de Cecabank,
www.cecabank.es).
La Política tiene como objeto asegurar que los proce-
dimientos de selección, nombramiento y renovación de
los miembros del Consejo estén orientados a una ade-
cuada composición del Consejo y de sus Comisiones, de
acuerdo con lo establecido en la normativa. En ella se
establece que en la selección de candidatos, el Comi-
té de Nombramientos tendrá en cuenta el equilibrio de
conocimientos, capacidad, diversidad y experiencia del
Consejo de Administración y se prevé el procedimiento
para la consideración de potenciales candidatos a cu-
brir vacantes del Consejo.
La Política establece que los candidatos a Conseje-
ros deberán poseer reconocida honorabilidad comer-
cial y profesional, tener conocimientos y experiencia
adecuados para ejercer sus funciones y estar en dis-
posición de ejercer un buen gobierno de la entidad.
Además dispone que el Consejo de Administración
deberá contar con miembros que, considerados en su
conjunto, reúnan suficiente experiencia profesional
en el gobierno de entidades de crédito para asegurar
la capacidad efectiva del Consejo de Administración
de tomar decisiones de forma independiente y autó-
noma en beneficio de la entidad.
2.1.2.2 Política sobre el objetivo
de representación para el sexo
menos representado en el
Consejo de Administración.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 31.3 de la
Ley 10/2014, de 26 de junio, de Ordenación, Super-
visión y solvencia de entidades de crédito, la entonces
Comisión de Nombramientos y Retribuciones, en su se-
sión de 25 de noviembre de 2014, aprobó la “Política
sobre el objetivo de representación para el sexo menos
representado en el Consejo de Administración” (“la Po-
lítica”). Esta Política contiene orientaciones sobre cómo
aumentar el número de personas del sexo menos repre-
sentado, que es el femenino. La Política aprobada fija el
objetivo a corto plazo de que en el año 2015 al menos
un cincuenta por ciento (50%) de los Consejeros inde-
pendientes fueran mujeres. A medio plazo el objetivo de
representación de mujeres en el Consejo de Administra-
ción es que tienda a evolucionar al alza, con el objetivo
final de alcanzar una presencia equilibrada de mujeres
y hombres. Para alcanzar dicho objetivo se tendrá en
cuenta las vacantes producidas en el mismo y en las
distintas Comisiones del Consejo. El Consejo de Admi-
nistración tomó razón de la aprobación de la Política, (el
documento se puede encontrar en el apartado de Go-
bierno Corporativo y Política de Remuneraciones de la
web corporativa de Cecabank,
www.cecabank.es).
En el mes de abril, CECA, el accionista mayoritario de
Cecabank, promovió la designación de un nuevo Con-
sejero dominical. Como consecuencia ello, el Consejo de
Cecabank consideró que, siguiendo los mejores princi-
pios de gobierno corporativo, al incorporarse un nuevo
Consejero dominical, para mantener un tercio de Conse-
jeros independientes, habría que incorporar un Conse-
jero independiente adicional, lo que elevaría el número
total de Consejeros a 14.
En la reunión de 23 de mayo de 2016 el Comité definió
el perfil-tipo que debía cumplir el candidato a Consejero
independiente de Cecabank y estableció que con prefe-
rencia fuera mujer, de acuerdo con la Política aprobada
por el Consejo.
La Junta General de Accionistas de 20 de diciembre
nombró un Consejero con el carácter de dominical y
como Consejera con el carácter de independiente a una
mujer, que se han incorporado al Consejo en 2017.
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Cecabank
Información con Relevancia Prudencial 2016
02 POLÍTICAS Y OBJETIVOS DE GESTIÓN DE RIESGOS
2.1. Estructura y organización de la función de gestión del riesgo | Funciones y responsabilidades de los órganos de gobierno | Políticas de selección de Consejeros y diversidad del consejo de Administración | Estructura organizativa de apoyo al Consejo de Administración | Áreas de gestión del riesgo | Auditoría interna de los Riesgos